Imparcialidad del Jurado: El requisito esencial de un Jurado Popular es que su veredicto sea dictado basándose exclusivamente en las pruebas practicadas durante el juicio. En casos como el que nos ocupa, es recurrente preguntarse si es posible que los miembros no se vean afectados por los conocimientos previos que sobre el caso conocen, y los sentimientos que ellos les producen. El caso Bretón, es uno de los más mediáticos de los últimos tiempos, es habitual casi diariamente ver en los telediarios, periódicos, etc., noticias acerca del suceso. En muchas ocasiones se trata de juicios de valor realizados por personas conocedoras o no del tema. A veces, son fundamentadas en pruebas reales, otras en suposiciones. Todo esto provoca que el espectador se cree un juicio de valor acerca de lo ocurrido, ¿quién no sentiría repulsa por un padre que asesina a sus hijos? Por eso, mi pregunta es, ¿es acertada la elección de un Jurado Popular? ¿Puede asegurarse su imparcialidad?
Tribunal del Jurado Razonando la lectura de la materia, he llegado a una doble opinión. Procediendo con la primera de ellas y desde un punto de vista negativo, considero que existen dos principales inconvenientes a la hora de que se elija y se lleve a cabo un proceso por el jurado popular. - Principalmente es la falta de conocimientos jurídicos, algo que considero fundamental para el correcto desarrollo del procedimiento. - Y ante todo y lo más importante es la manipulación previa que hayan podido tener, debido a que muchos casos son sumamente impactantes y tienen una gran repercusión social, y más desde los últimos procedimientos que a mi parecer, el sistema mediático parece dictar las sentencias. Mirando desde el punto de vista positivo, considero que es una gran aportación de las administraciones públicas del estado la intervención y por ende involucración de la sociedad en dichos aspectos jurídicos, aunque se encuentra muy delimitada ya que profesionales juristas o profesores no pueden llegar a ser constituidos como jurado popular, sujetos que a mi parecer poseen un mayor conocimiento y practica para la correcta resolución de determinados procedimientos sumamente complejos a los que se ve limitado el jurado popular, ya que el numero de materias de las que pueda llegar a tratar se encuentra sumamente reducido (Son los siguientes: parricidio, asesinato, homicidio, auxilio o inducción al suicidio, infanticidio, infidelidad en la custodia de presos, infidelidad en la custodia de documentos, cohecho, malversación de caudales públicos, fraudes y exacciones ilegales, negociaciones prohibidas a funcionarios públicos, tráfico de influencias, omisión del deber de socorro, allanamiento de morada, amenazas e incendios forestales.) Temas tan sumamente complejos que a mi entender no debería de dejarse en mano de gente que desconoce el ``Ius´´.
¿En qué medida influye la composición de un jurado popular para beneficiar o desfavorecer al acusado?
En el caso José Bretón, el abogado del acusado ha insistido que el jurado que compone el caso está contaminado por ser tan mediático. Y en realidad flaco favor, le han hecho los medios de comunicación en informar continuamente del caso, y ya no sólo los hechos que se quieren juzgar, sino hechos más allá como es entrar en detalles de su vida privada, personalidad y manías. Como ayer comentábamos en clase, en el proceso penal sólo se deben juzgar los hechos constitutivos supuestamente de delito, sin entrar en aspectos de la vida personal del acusado.
En mi opinión, no es tarea fácil ser componente de un jurado popular pues es muy difícil ser imparcial con tanta información y aspectos del acusado que causan repulsión social.
Pero principalmente quiero dejar constancia que no es un alegato a favor del acusado (ya juzgado) pero sí es cierto que no es favorable para él que un caso sea tan mediático, porque en cierta medida puede influir en la manera de pensar de los componentes del jurado popular (aunque hagan una declaración de imparcialidad).
En el caso Bretón, la pregunta que me surge al leer todas las noticias, es si ¿puede llegar a efectuarse la imparcialidad del jurado en casos que son tan mediáticos para la sociedad?
El tribunal de jurado debe jurar que serán imparciales y no desempeñarán sus funciones con odio o con ningún tipo de afecto, de hecho a la hora de deliberar, ellos se reúnen y están aislados para evitar cualquier tipo de contaminación, pero realmente ¿es esto posible?
Además en este caso, el propio acusado, José Bretón, dice que el Tribunal de jurado se ha podido ver influenciado por la presión mediática, con lo cual ataca a la imparcialidad del jurado, y en este caso creo que si puede ser posible que se vea afectado por tal presión mediática, ya que creo que para el jurado es muy difícil no intoxicarse de todo lo que se dice en los medios o de las mismas pruebas en contra del acusado.
Aunque considero que en este caso ha habido ciertos errores que no pueden realizarse en un caso tan importante, al final se ha demostrado que los hechos son constitutivos de delito ya que las pruebas, delataban la posible culpabilidad de Bretón.
Creo, que basta con ver y analizar el juramento que deben hacer los miembros del jurado para formar parte de este para encontrar todos los problemas que bajo mi punto de vista genera este sistema. “¿Juran o prometen desempeñar bien y fielmente la función del jurado, con imparcialidad, sin odio ni afecto, examinando la acusación, apreciando las pruebas, y resolviendo si son culpables o no culpables de los delitos objeto del procedimiento los acusados..., así como guardar secreto de las deliberaciones?” La Legislación española establece que los delitos cuyo enjuiciamiento deberá hacerse con jurado popular son los de: parricidio, asesinato, homicidio, auxilio o inducción al suicidio, infanticidio, infidelidad en la custodia de presos, infidelidad en la custodia de documentos, cohecho, malversación de caudales públicos, fraudes y exacciones ilegales, negociaciones prohibidas a funcionarios públicos, tráfico de influencias, omisión del deber de socorro, allanamiento de morada, amenazas e incendios forestales.
Entonces, partiendo de mi punto de vista personal de que los mejores para impartir justicia son los jueces ya que son los más formados para ello, veo los principales problemas en:
• Imparcialidad: en casos mediáticos cuesta pensar en la capacidad para mantener esta, con constantes programas y sus numerosas elucubraciones y especulaciones. Además en casos en los que se juzguen cargos públicos (caso de Camps por ejemplo) la afinidad o no política puede influir más que las pruebas existentes.
• Sin odio ni afecto: en la misma línea de antes, en casos mediáticos y sensibles como pueden ser parricidios y ante acusados a los que la prensa ya ha tildado de culpables y parte de la sociedad pide más venganza que justicia se hace posible que esto se refleje en los miembros del jurado.
• Analizando los delitos que se juzgan por este proceso se abre el problema de los delitos conexos, es decir, un delito que conforme la ley se juzga con el Tribunal del jurado pero que se encuentra en concurso con otro delito que se debe juzgar con un juez profesional. Un buen ejemplo es el caso Marta del Castillo. A Miguel Carcaño se le acusaba de homicidio (con jurado popular) y de una violación; hace año y medio el Supremo decidió que para resolver estos casos había que buscar cuál era el delito principal, la finalidad principal”. Una última crítica que hago a este sistema es el coste de dinero público, que se incrementa notablemente en comparación a si lo resolvieran los jueces.
Como puntos posibles para mejorar este sistema propongo: • Especialización de los magistrados que llevan casos con jurado popular. Expertos consideran que sería beneficioso preparar a los jueces y magistrados con cursos específicos, con más formación. E incluso aseguran que se podría plantear la creación de un cuerpo de magistrados especializados en esta figura y crear a su vez, un turno específico.
• Establecer el sistema llamado escabinado, en cambio, implantado en países vecinos como Francia, Alemania o Italia, que mezcla a magistrados y legos en derecho en el mismo tribunal, enjuician de forma conjunta sin hacer una disociación entre los pronunciamientos fácticos y los jurídicos. Para Pablo Llarena, “si la apuesta legislativa de nuestro país es mantener el jurado popular, sería aconsejable cambiar nuestro sistema por el escabinado porque corregiría las disfunciones”, al juntar en el mismo tribunal a legos “con mayor empatía y a los profesionales que pueden ayudar a valorar la prueba”. Aunque otros expertos alertan de que este sistema, corre el riesgo de que los profesionales en derecho acaben influenciando a los legos, y es imprescindible para un buen juicio que exista un plano de igualdad dentro del tribunal”.
Comentario Grupal Consideramos sumamente perjudicial el jurado popular, debido a que, estos, son muy influenciables por los medios informativos y más aun siendo procesos sumamente impactantes para la sociedad occidental actual. Aún así no metiéndonos de lleno en lo negativo todavía, consideramos también, que es una gran aportación de la sociedades democráticas la disposición política y ante todo jurídica, de la participación pública en el sistema jurídico actual y más aun la libre disposición que disponen estos, sobre la terminación del procedimiento y en consiguiente la sentencia. Pero, todo esto acarrea sumos peligros para el imputado, no solo por la fácil manipulación social que pueda llegar a producirse en estos, si no por la propia ideología, creencias religiosas o meramente la cultura que puedan llegar a tener, consideramos como claro caso el cohecho político, y más en España especialmente influenciable por las opiniones políticas, llegando a darse el caso de que se considere culpable o inocente por la mera creencia política que puedan llegar a tener los miembros que lo componen. Para terminar, consideramos que la no posible intervención de cuerpos expertos, esto es, juristas, abogados, profesionales en derecho como miembros del jurado popular o asesores de estos, es un acto de por si más perjudicial para el imputado, ya que los correspondientes conocimientos de nullum crimen sine lege, indubio pro reo… son aspectos desconocidos para gente que desconoce el Ius.
Jorge Bañó Sara Teno Laura García Adela Calvillo Artur Jover
A mi juício los juzgados populares para empezar no deberían de llamarse así ya que no son elegidos por el pueblo ni por los representantes del pueblo.
Respecto a la imparcialidad de las personas que forman dicho jurado, para mí es dudoda y sobre todo en casos tan polémicos y famosos como es este conocido en todo el mundo, ya que estas personas no están acostumbradas a tener tanta responsabilidad, se van a encontrar con mucha presión, con miedo a no entender exactamente el vocabulario usado por jueces y abogados por lo que aunque no lo vean se verán en la tentación de ir con la mayoría. También hay que tener en cuenta que lo primero que hace una persona cuando es elegida jurado es buscar en internet o en otros medios de comunicación toda la información respecto el asunto por lo que es imposible abstraerse de la opinión de los medios, lo importante es que sean honrados. También hay que diferenciar el tipo de caso a juzgar ya que en casos de parricidio o asesinato etc la mayoría está de acuerdo con la decisión de culpar al reo el problema mayoritario se da en casos en los que influyan creencias religiosas y políticas, ya que probablemente cada persona que forma el jurado ya tendrá una decisión tomada en casa basandose en sus propias creencias e ideologías. La diferencia de un jurado con un juez es que precisamente por su falta de formación jurídica se dejan influir con una gran facilidad por circunstancias jurídicamente irrelevantes o por la presión social, y eso es inaceptable cuando se está jugado con la vida de las personas.
Un juez siempre basará su decisión en valoraciones de tipo jurídico. Un jurado, en cambio, puede basar su decisión en apreciaciones totalmente ajenas al Derecho.
Teniendo en cuenta toda la información leída sobre el Tribunal del jurado, tengo que decir, que en mi opinión no estoy de acuerdo que el jurado popular juzgue un determinado caso, a pesar de juren o prometan desempeñar bien y fielmente su función. Con esto quiero decir que si, incluso, durante el proceso penal se produce una división de los jueces, de quién investiga y quien juzga para evitar todo tipo de contaminación, garantizando la neutralidad y la imparcialidad de los jueces, ¿cómo es posible que se pueda garantizar que éste Tribunal juzgue con total imparcialidad? En mi opinión, no es posible y es muy difícil garantizar que personas que no sean juristas tengan la suficiente capacidad de discernir entre las garantías del acusado a la presunción de inocencia, hasta que no haya una sentencia firme que así lo dictamine, de lo que realmente se le acusa, que como bien he dicho anteriormente no se es culpable hasta que no se demuestre lo contrario, sin embargo, nuestra sociedad juzga y condena por ella misma y damos por hecho que la persona es culpable porque nos horroriza lo que vemos y lo que escuchamos en los medios de comunicación, y valoramos conforme a eso, por tanto, esa visión de nuestra sociedad se encuentra contaminada a la hora de juzgar y de determinar la culpabilidad de una persona. Es por ello, que no me parece admisible que un tribunal juzgue por ella misma a un determinado sujeto y, esto es importante, que participen en definitiva, en un proceso penal que tan graves consecuencias conlleva. Además, sostengo, que la constitución de un tribunal del jurado complicaría aún más el proceso y supondría enredar más las cosas, y para el acusado no supondría una garantía dejar en manos del jurado la decisión condenatoria o absolutoria, ya que teniendo en cuenta que no son expertos en Derecho, es difícil de distinguir entre lo que es la Ley y lo que es la moral. Es necesario que para poder participar dentro de un proceso penal intervengan expertos en la materia y manteniendo una posición de neutralidad, ajenos a cualquier contaminación del exterior, y en este caso, en mi criterio no considero que sea posible. En conclusión, en un procedimiento penal es necesario que la decisión finalmente sea llevada a cabo por un juez y sea él quien dictamine culpabilidad o no del acusado. Para finalizar, entiendo que para poder determinar la culpabilidad de una persona, debemos basarnos en los medios de prueba propuestos por las partes que sirvan para poder incriminar a una persona, no es cuestión de someter la culpabilidad a votación, los hechos probados son los que son y debe de haber una única persona que se pronuncie sobre ellos.
Tribunal del jurado: La creación de un jurado popular para juzgar un caso tan controvertido como es el de Bretón tiene una serie de aspectos negativos: En primer lugar, a pesar del juramento que realiza cada miembro: “Juran o prometen desempeñar bien y fielmente la función del jurado, con imparcialidad, sin odio ni afecto….”en la práctica no se puede asegurar la imparcialidad total, ya que de forma inevitable las opiniones de los nueve miembros se verán influenciados por sus propias creencias, convicciones, por las opiniones que tuvieran anteriormente del suceso, o por la presión mediática producida en este caso tan conocido. Por tanto, no creo que el Jurado popular sea una buena forma de juzgar “el caso Breton”, porque no asegura totalmente la imparcialidad en el proceso, ya que al ser un caso tan mediático las opiniones de la sociedad están contaminadas por la información emitida por los medios de comunicación, perjudicando sobre todo al acusado. En segundo lugar. ¿de qué modo son elegidos los miembros de dicho jurado? Está claro que al tratarse de un Jurado Popular ninguno de sus miembros tiene conocimientos jurídicos, y debería ser algo imprescindible para poder juzgar un caso de tanta repercusión e importancia.
La figura del Tribunal de jurado es una institución muy controvertida en nuestro ordenamiento por diversas razones:
En primer lugar, ¿los miembros de este son realmente imparciales, sin afecto ni odio resolviendo conforme a los hechos probados como dicen en su juramento?
Consideramos afirmación del juramento está viciada al no ser realmente imparciales y aunque no quieran siempre tendrán un sentimiento hacia el caso ya que suelen conocer con antelación los hechos que se juzgan a través de los medios de comunicación.
En segundo lugar, ¿los requisitos establecidos legalmente para ser miembro del jurado son los adecuados para el desempeño del poder tan grande que se les concede?
Los requisitos establecidos por el art.8 de la LO 5/1995, de 22 de mayo, del Tribunal del Jurado para ser miembro del jurado son: “Ser español mayor de edad, encontrarse en el pleno ejercicio de sus derechos políticos, saber leer y escribir, ser vecino, al tiempo de la designación, de cualquiera de los municipios de la provincia en que el delito se hubiere cometido y no estar impedido física, psíquica o sensorialmente para el desempeño de la función de Jurado”
Consideramos que estos requisitos no son suficientes o adecuados ya que la responsabilidad o poder para decidir sobre una persona que puede verse privada de su libertad no puede dejarse al libre albedrio de personas que carecen de conocimientos y formación jurídica.
La utilización del Tribunal del Jurado para casos tan mediáticos como el de José Bretón es un error ya que esta institución para este caso tiene grandes problemas como
1. A pesar del juramento de imparcialidad, los miembros del Jurado tienen una opinión a priori del caso contaminada ya sea a través de los medios de comunicación o de sus propias creencias por lo que es imposible garantizar dicha imparcialidad total.
2. Los requisitos de elección de los miembros del Jurado son erróneos ya que para la labor tan importante que desempeñan dichas personas carecen de cualquier conocimiento o formación jurídica (requisito el de la formación que a nuestro modo de ver debería ser conditio sine qua non)
La pregunta que hay que hacer cuando estamos frente a un Tribunal Popular es, ¿podrá ser el Tribunal Popular imparcial en su decisión? Y, ¿podrá dicha decisión ser influenciada por la presión mediática que suponga el caso?.
A pesar de que en la constitución de un jurado se tenga que hacer un juramento, todo el mundo que presta tal juramento es capaz de cumplirlo sin que en algún momento pueda mostrarse odio hacia una persona que supuestamente ha matado a sus hijos. Yo creo que es difícil, porque en casos donde la opinión pública opina y da tanta información, una persona que posee pocos conocimientos jurídicos no está capacitada para resolver si una persona es culpable o no.
La anterior opinión podría ser un aspecto negativo, pero aún encuentro otro aspecto negativo de la creación de un jurado popular para temas tan mediáticos. ¿Se puede llegar a juzgar un caso a través de un jurado popular cuando ya antes de cualquier dictamen o decisión ha sido condenado por la sociedad?, es decir, la repercusión social que pueden tener casos tan impresionantes o llamativos por su crueldad o su brutalidad conllevan a la asunción de la culpabilidad del reo antes de que este sea juzgado por dicho jurado, cuando posiblemente dicho jurado tome una decisión prejuzgada.
Un aspecto positivo que encuentro en la creación de jurados populares es la participación de la sociedad en un sistema que es cerrado, es decir, que el único que toma tales decisiones es un juez, una persona preparada y cualificada para ello; pero lo sorprendente es que personas sin preparación jurídica (en la mayoría de los casos) tomen una decisión de tal magnitud, demuestra de algún modo como el sistema democrático se intenta hacer un hueco en un sistema con tal responsabilidad y compromiso.
Pero aún así, con la participación de personada no cualificadas en tales decisiones, y no conocedoras del derecho, conlleva a un perjuicio mayor para el reo. Porque si casos mediáticos son tratados antes por la sociedad, estos pueden llegar a influir al jurado posteriormente, y como ya sabemos en un proceso penal solo debe juzgarse los hechos constitutivos del delito que se va a juzgar, y no aspectos que formen parte de otro ámbito diferente a éste.
Un pregunta que os hago a los que leáis este comentario es ¿podríais ser imparciales y formar parte de un jurado en un caso como éste?
¿Se puede considerar imparcial al Jurado popular en la defensa o acusación de un acusado? Pues bien, para responder a esta cuestión, considero que hay que analizar profundamente una circunstancia muy fundamental que es la presión mediática que rodea al caso. El caso de José Bretón es un caso muy impactante para la sociedad y muy perseguido por todos los medios de comunicación en los que se comenta todo tipo de informaciones, a veces veraces pero otras no, pero lo que sí es cierto, es que la sociedad ante un caso así del asesinato de dos niños indefensos no otorga el beneficio de la duda ante su padre sobre si es el autor del asesinato de sus hijos o no. De manera que, partiendo de esa información otorgada por los medios de comunicación a los ciudadanos acerca del caso, el Jurado Popular puede verse perfectamente influenciado por la misma, ya que antes de ser elegidos como miembros de éste, el caso sale a la luz. Y aunque estos se basen en las pruebas demostrables encontradas en la escena del crimen y en los hechos que coincidan con el delito, jurando ante todo imparcialidad para dar respuestas a las preguntas que se les realizan por parte del Magistrado, éstos indirectamente, pueden tener perjuicios suficientes para no resolver las mismas con imparcialidad a favor o en contra del acusado. Por tanto, considero que el Jurado Popular, puede ser eficiente dando resolución al caso con imparcialidad, pero en casos que no son conocidos antes de juzgarlos, ya que de lo contrario, como he mencionado anteriormente, puede producir perjuicios el conocer información previa al juicio sobre el mismo y no resolver con esa imparcialidad jurada por los propios miembros.
En primer lugar en cuanto a lo referente al Tribunal del jurado debemos indicar que no estamos de acuerdo que un jurado popular juzgue determinados casos, a pesar de que los miembros del mismo juren o prometan desempeñar de forma correcta sus funciones, incluyendo aquí el aspecto de la imparcialidad que es el más discutido.
En segundo lugar sostenemos que para poder participar en tales procesos es conveniente que intervengan personas preparadas para ello y que dominen la materia, ya que de alguna forma podrán mantener una postura de neutralidad o imparcialidad para el acusado; además las personas que participan en estos procesos se deben encontrar aisladas de cualquier información que sea externa a lo que se va a juzgar.
Y en tercer lugar no consideramos adecuado que personas sin una mínima formación jurídica, puedan tomar una decisión tan importante como es privar a alguien de libertad, a través de un sistema de votación.
Judith López Tabero. María Ángel Collado. Álvaro Martínez Calvo.
Imparcialidad del Jurado:
ResponderEliminarEl requisito esencial de un Jurado Popular es que su veredicto sea dictado basándose exclusivamente en las pruebas practicadas durante el juicio.
En casos como el que nos ocupa, es recurrente preguntarse si es posible que los miembros no se vean afectados por los conocimientos previos que sobre el caso conocen, y los sentimientos que ellos les producen.
El caso Bretón, es uno de los más mediáticos de los últimos tiempos, es habitual casi diariamente ver en los telediarios, periódicos, etc., noticias acerca del suceso. En muchas ocasiones se trata de juicios de valor realizados por personas conocedoras o no del tema. A veces, son fundamentadas en pruebas reales, otras en suposiciones.
Todo esto provoca que el espectador se cree un juicio de valor acerca de lo ocurrido, ¿quién no sentiría repulsa por un padre que asesina a sus hijos?
Por eso, mi pregunta es, ¿es acertada la elección de un Jurado Popular? ¿Puede asegurarse su imparcialidad?
Tribunal del Jurado
ResponderEliminarRazonando la lectura de la materia, he llegado a una doble opinión. Procediendo con la primera de ellas y desde un punto de vista negativo, considero que existen dos principales inconvenientes a la hora de que se elija y se lleve a cabo un proceso por el jurado popular.
- Principalmente es la falta de conocimientos jurídicos, algo que considero fundamental para el correcto desarrollo del procedimiento.
- Y ante todo y lo más importante es la manipulación previa que hayan podido tener, debido a que muchos casos son sumamente impactantes y tienen una gran repercusión social, y más desde los últimos procedimientos que a mi parecer, el sistema mediático parece dictar las sentencias.
Mirando desde el punto de vista positivo, considero que es una gran aportación de las administraciones públicas del estado la intervención y por ende involucración de la sociedad en dichos aspectos jurídicos, aunque se encuentra muy delimitada ya que profesionales juristas o profesores no pueden llegar a ser constituidos como jurado popular, sujetos que a mi parecer poseen un mayor conocimiento y practica para la correcta resolución de determinados procedimientos sumamente complejos a los que se ve limitado el jurado popular, ya que el numero de materias de las que pueda llegar a tratar se encuentra sumamente reducido (Son los siguientes: parricidio, asesinato, homicidio, auxilio o inducción al suicidio, infanticidio, infidelidad en la custodia de presos, infidelidad en la custodia de documentos, cohecho, malversación de caudales públicos, fraudes y exacciones ilegales, negociaciones prohibidas a funcionarios públicos, tráfico de influencias, omisión del deber de socorro, allanamiento de morada, amenazas e incendios forestales.)
Temas tan sumamente complejos que a mi entender no debería de dejarse en mano de gente que desconoce el ``Ius´´.
Artur Jover Ramos 4/02/2014
¿En qué medida influye la composición de un jurado popular para beneficiar o desfavorecer al acusado?
ResponderEliminarEn el caso José Bretón, el abogado del acusado ha insistido que el jurado que compone el caso está contaminado por ser tan mediático. Y en realidad flaco favor, le han hecho los medios de comunicación en informar continuamente del caso, y ya no sólo los hechos que se quieren juzgar, sino hechos más allá como es entrar en detalles de su vida privada, personalidad y manías. Como ayer comentábamos en clase, en el proceso penal sólo se deben juzgar los hechos constitutivos supuestamente de delito, sin entrar en aspectos de la vida personal del acusado.
En mi opinión, no es tarea fácil ser componente de un jurado popular pues es muy difícil ser imparcial con tanta información y aspectos del acusado que causan repulsión social.
Pero principalmente quiero dejar constancia que no es un alegato a favor del acusado (ya juzgado) pero sí es cierto que no es favorable para él que un caso sea tan mediático, porque en cierta medida puede influir en la manera de pensar de los componentes del jurado popular (aunque hagan una declaración de imparcialidad).
En el caso Bretón, la pregunta que me surge al leer todas las noticias, es si ¿puede llegar a efectuarse la imparcialidad del jurado en casos que son tan mediáticos para la sociedad?
ResponderEliminarEl tribunal de jurado debe jurar que serán imparciales y no desempeñarán sus funciones con odio o con ningún tipo de afecto, de hecho a la hora de deliberar, ellos se reúnen y están aislados para evitar cualquier tipo de contaminación, pero realmente ¿es esto posible?
Además en este caso, el propio acusado, José Bretón, dice que el Tribunal de jurado se ha podido ver influenciado por la presión mediática, con lo cual ataca a la imparcialidad del jurado, y en este caso creo que si puede ser posible que se vea afectado por tal presión mediática, ya que creo que para el jurado es muy difícil no intoxicarse de todo lo que se dice en los medios o de las mismas pruebas en contra del acusado.
Aunque considero que en este caso ha habido ciertos errores que no pueden realizarse en un caso tan importante, al final se ha demostrado que los hechos son constitutivos de delito ya que las pruebas, delataban la posible culpabilidad de Bretón.
Creo, que basta con ver y analizar el juramento que deben hacer los miembros del jurado para formar parte de este para encontrar todos los problemas que bajo mi punto de vista genera este sistema.
ResponderEliminar“¿Juran o prometen desempeñar bien y fielmente la función del jurado, con imparcialidad, sin odio ni afecto, examinando la acusación, apreciando las pruebas, y resolviendo si son culpables o no culpables de los delitos objeto del procedimiento los acusados..., así como guardar secreto de las deliberaciones?”
La Legislación española establece que los delitos cuyo enjuiciamiento deberá hacerse con jurado popular son los de: parricidio, asesinato, homicidio, auxilio o inducción al suicidio, infanticidio, infidelidad en la custodia de presos, infidelidad en la custodia de documentos, cohecho, malversación de caudales públicos, fraudes y exacciones ilegales, negociaciones prohibidas a funcionarios públicos, tráfico de influencias, omisión del deber de socorro, allanamiento de morada, amenazas e incendios forestales.
Entonces, partiendo de mi punto de vista personal de que los mejores para impartir justicia son los jueces ya que son los más formados para ello, veo los principales problemas en:
• Imparcialidad: en casos mediáticos cuesta pensar en la capacidad para mantener esta, con constantes programas y sus numerosas elucubraciones y especulaciones. Además en casos en los que se juzguen cargos públicos (caso de Camps por ejemplo) la afinidad o no política puede influir más que las pruebas existentes.
• Sin odio ni afecto: en la misma línea de antes, en casos mediáticos y sensibles como pueden ser parricidios y ante acusados a los que la prensa ya ha tildado de culpables y parte de la sociedad pide más venganza que justicia se hace posible que esto se refleje en los miembros del jurado.
• Analizando los delitos que se juzgan por este proceso se abre el problema de los delitos conexos, es decir, un delito que conforme la ley se juzga con el Tribunal del jurado pero que se encuentra en concurso con otro delito que se debe juzgar con un juez profesional. Un buen ejemplo es el caso Marta del Castillo. A Miguel Carcaño se le acusaba de homicidio (con jurado popular) y de una violación; hace año y medio el Supremo decidió que para resolver estos casos había que buscar cuál era el delito principal, la finalidad principal”.
Una última crítica que hago a este sistema es el coste de dinero público, que se incrementa notablemente en comparación a si lo resolvieran los jueces.
Como puntos posibles para mejorar este sistema propongo:
• Especialización de los magistrados que llevan casos con jurado popular. Expertos consideran que sería beneficioso preparar a los jueces y magistrados con cursos específicos, con más formación. E incluso aseguran que se podría plantear la creación de un cuerpo de magistrados especializados en esta figura y crear a su vez, un turno específico.
• Establecer el sistema llamado escabinado, en cambio, implantado en países vecinos como Francia, Alemania o Italia, que mezcla a magistrados y legos en derecho en el mismo tribunal, enjuician de forma conjunta sin hacer una disociación entre los pronunciamientos fácticos y los jurídicos. Para Pablo Llarena, “si la apuesta legislativa de nuestro país es mantener el jurado popular, sería aconsejable cambiar nuestro sistema por el escabinado porque corregiría las disfunciones”, al juntar en el mismo tribunal a legos “con mayor empatía y a los profesionales que pueden ayudar a valorar la prueba”. Aunque otros expertos alertan de que este sistema, corre el riesgo de que los profesionales en derecho acaben influenciando a los legos, y es imprescindible para un buen juicio que exista un plano de igualdad dentro del tribunal”.
Comentario Grupal
ResponderEliminarConsideramos sumamente perjudicial el jurado popular, debido a que, estos, son muy influenciables por los medios informativos y más aun siendo procesos sumamente impactantes para la sociedad occidental actual.
Aún así no metiéndonos de lleno en lo negativo todavía, consideramos también, que es una gran aportación de la sociedades democráticas la disposición política y ante todo jurídica, de la participación pública en el sistema jurídico actual y más aun la libre disposición que disponen estos, sobre la terminación del procedimiento y en consiguiente la sentencia.
Pero, todo esto acarrea sumos peligros para el imputado, no solo por la fácil manipulación social que pueda llegar a producirse en estos, si no por la propia ideología, creencias religiosas o meramente la cultura que puedan llegar a tener, consideramos como claro caso el cohecho político, y más en España especialmente influenciable por las opiniones políticas, llegando a darse el caso de que se considere culpable o inocente por la mera creencia política que puedan llegar a tener los miembros que lo componen.
Para terminar, consideramos que la no posible intervención de cuerpos expertos, esto es, juristas, abogados, profesionales en derecho como miembros del jurado popular o asesores de estos, es un acto de por si más perjudicial para el imputado, ya que los correspondientes conocimientos de nullum crimen sine lege, indubio pro reo… son aspectos desconocidos para gente que desconoce el Ius.
Jorge Bañó
Sara Teno
Laura García
Adela Calvillo
Artur Jover
A mi juício los juzgados populares para empezar no deberían de llamarse así ya que no son elegidos por el pueblo ni por los representantes del pueblo.
ResponderEliminarRespecto a la imparcialidad de las personas que forman dicho jurado, para mí es dudoda y sobre todo en casos tan polémicos y famosos como es este conocido en todo el mundo, ya que estas personas no están acostumbradas a tener tanta responsabilidad, se van a encontrar con mucha presión, con miedo a no entender exactamente el vocabulario usado por jueces y abogados por lo que aunque no lo vean se verán en la tentación de ir con la mayoría.
También hay que tener en cuenta que lo primero que hace una persona cuando es elegida jurado es buscar en internet o en otros medios de comunicación toda la información respecto el asunto por lo que es imposible abstraerse de la opinión de los medios, lo importante es que sean honrados.
También hay que diferenciar el tipo de caso a juzgar ya que en casos de parricidio o asesinato etc la mayoría está de acuerdo con la decisión de culpar al reo el problema mayoritario se da en casos en los que influyan creencias religiosas y políticas, ya que probablemente cada persona que forma el jurado ya tendrá una decisión tomada en casa basandose en sus propias creencias e ideologías.
La diferencia de un jurado con un juez es que precisamente por su falta de formación jurídica se dejan influir con una gran facilidad por circunstancias jurídicamente irrelevantes o por la presión social, y eso es inaceptable cuando se está jugado con la vida de las personas.
Un juez siempre basará su decisión en valoraciones de tipo jurídico. Un jurado, en cambio, puede basar su decisión en apreciaciones totalmente ajenas al Derecho.
Teniendo en cuenta toda la información leída sobre el Tribunal del jurado, tengo que decir, que en mi opinión no estoy de acuerdo que el jurado popular juzgue un determinado caso, a pesar de juren o prometan desempeñar bien y fielmente su función.
ResponderEliminarCon esto quiero decir que si, incluso, durante el proceso penal se produce una división de los jueces, de quién investiga y quien juzga para evitar todo tipo de contaminación, garantizando la neutralidad y la imparcialidad de los jueces, ¿cómo es posible que se pueda garantizar que éste Tribunal juzgue con total imparcialidad?
En mi opinión, no es posible y es muy difícil garantizar que personas que no sean juristas tengan la suficiente capacidad de discernir entre las garantías del acusado a la presunción de inocencia, hasta que no haya una sentencia firme que así lo dictamine, de lo que realmente se le acusa, que como bien he dicho anteriormente no se es culpable hasta que no se demuestre lo contrario, sin embargo, nuestra sociedad juzga y condena por ella misma y damos por hecho que la persona es culpable porque nos horroriza lo que vemos y lo que escuchamos en los medios de comunicación, y valoramos conforme a eso, por tanto, esa visión de nuestra sociedad se encuentra contaminada a la hora de juzgar y de determinar la culpabilidad de una persona.
Es por ello, que no me parece admisible que un tribunal juzgue por ella misma a un determinado sujeto y, esto es importante, que participen en definitiva, en un proceso penal que tan graves consecuencias conlleva.
Además, sostengo, que la constitución de un tribunal del jurado complicaría aún más el proceso y supondría enredar más las cosas, y para el acusado no supondría una garantía dejar en manos del jurado la decisión condenatoria o absolutoria, ya que teniendo en cuenta que no son expertos en Derecho, es difícil de distinguir entre lo que es la Ley y lo que es la moral.
Es necesario que para poder participar dentro de un proceso penal intervengan expertos en la materia y manteniendo una posición de neutralidad, ajenos a cualquier contaminación del exterior, y en este caso, en mi criterio no considero que sea posible. En conclusión, en un procedimiento penal es necesario que la decisión finalmente sea llevada a cabo por un juez y sea él quien dictamine culpabilidad o no del acusado.
Para finalizar, entiendo que para poder determinar la culpabilidad de una persona, debemos basarnos en los medios de prueba propuestos por las partes que sirvan para poder incriminar a una persona, no es cuestión de someter la culpabilidad a votación, los hechos probados son los que son y debe de haber una única persona que se pronuncie sobre ellos.
Tribunal del jurado:
ResponderEliminarLa creación de un jurado popular para juzgar un caso tan controvertido como es el de Bretón tiene una serie de aspectos negativos:
En primer lugar, a pesar del juramento que realiza cada miembro: “Juran o prometen desempeñar bien y fielmente la función del jurado, con imparcialidad, sin odio ni afecto….”en la práctica no se puede asegurar la imparcialidad total, ya que de forma inevitable las opiniones de los nueve miembros se verán influenciados por sus propias creencias, convicciones, por las opiniones que tuvieran anteriormente del suceso, o por la presión mediática producida en este caso tan conocido.
Por tanto, no creo que el Jurado popular sea una buena forma de juzgar “el caso Breton”, porque no asegura totalmente la imparcialidad en el proceso, ya que al ser un caso tan mediático las opiniones de la sociedad están contaminadas por la información emitida por los medios de comunicación, perjudicando sobre todo al acusado.
En segundo lugar. ¿de qué modo son elegidos los miembros de dicho jurado?
Está claro que al tratarse de un Jurado Popular ninguno de sus miembros tiene conocimientos jurídicos, y debería ser algo imprescindible para poder juzgar un caso de tanta repercusión e importancia.
La figura del Tribunal de jurado es una institución muy controvertida en nuestro ordenamiento por diversas razones:
ResponderEliminarEn primer lugar, ¿los miembros de este son realmente imparciales, sin afecto ni odio resolviendo conforme a los hechos probados como dicen en su juramento?
Consideramos afirmación del juramento está viciada al no ser realmente imparciales y aunque no quieran siempre tendrán un sentimiento hacia el caso ya que suelen conocer con antelación los hechos que se juzgan a través de los medios de comunicación.
En segundo lugar, ¿los requisitos establecidos legalmente para ser miembro del jurado son los adecuados para el desempeño del poder tan grande que se les concede?
Los requisitos establecidos por el art.8 de la LO 5/1995, de 22 de mayo, del Tribunal del Jurado para ser miembro del jurado son: “Ser español mayor de edad, encontrarse en el pleno ejercicio de sus derechos políticos, saber leer y escribir, ser vecino, al tiempo de la designación, de cualquiera de los municipios de la provincia en que el delito se hubiere cometido y no estar impedido física, psíquica o sensorialmente para el desempeño de la función de Jurado”
Consideramos que estos requisitos no son suficientes o adecuados ya que la responsabilidad o poder para decidir sobre una persona que puede verse privada de su libertad no puede dejarse al libre albedrio de personas que carecen de conocimientos y formación jurídica.
Fernando Rodríguez
Víctor López
Comentario grupal
ResponderEliminarLa utilización del Tribunal del Jurado para casos tan mediáticos como el de José Bretón es un error ya que esta institución para este caso tiene grandes problemas como
1. A pesar del juramento de imparcialidad, los miembros del Jurado tienen una opinión a priori del caso contaminada ya sea a través de los medios de comunicación o de sus propias creencias por lo que es imposible garantizar dicha imparcialidad total.
2. Los requisitos de elección de los miembros del Jurado son erróneos ya que para la labor tan importante que desempeñan dichas personas carecen de cualquier conocimiento o formación jurídica (requisito el de la formación que a nuestro modo de ver debería ser conditio sine qua non)
Carolina Porras
Fernando Rodríguez
Víctor López
Tribunal del Jurado.
ResponderEliminarLa pregunta que hay que hacer cuando estamos frente a un Tribunal Popular es, ¿podrá ser el Tribunal Popular imparcial en su decisión? Y, ¿podrá dicha decisión ser influenciada por la presión mediática que suponga el caso?.
A pesar de que en la constitución de un jurado se tenga que hacer un juramento, todo el mundo que presta tal juramento es capaz de cumplirlo sin que en algún momento pueda mostrarse odio hacia una persona que supuestamente ha matado a sus hijos. Yo creo que es difícil, porque en casos donde la opinión pública opina y da tanta información, una persona que posee pocos conocimientos jurídicos no está capacitada para resolver si una persona es culpable o no.
La anterior opinión podría ser un aspecto negativo, pero aún encuentro otro aspecto negativo de la creación de un jurado popular para temas tan mediáticos. ¿Se puede llegar a juzgar un caso a través de un jurado popular cuando ya antes de cualquier dictamen o decisión ha sido condenado por la sociedad?, es decir, la repercusión social que pueden tener casos tan impresionantes o llamativos por su crueldad o su brutalidad conllevan a la asunción de la culpabilidad del reo antes de que este sea juzgado por dicho jurado, cuando posiblemente dicho jurado tome una decisión prejuzgada.
Un aspecto positivo que encuentro en la creación de jurados populares es la participación de la sociedad en un sistema que es cerrado, es decir, que el único que toma tales decisiones es un juez, una persona preparada y cualificada para ello; pero lo sorprendente es que personas sin preparación jurídica (en la mayoría de los casos) tomen una decisión de tal magnitud, demuestra de algún modo como el sistema democrático se intenta hacer un hueco en un sistema con tal responsabilidad y compromiso.
Pero aún así, con la participación de personada no cualificadas en tales decisiones, y no conocedoras del derecho, conlleva a un perjuicio mayor para el reo. Porque si casos mediáticos son tratados antes por la sociedad, estos pueden llegar a influir al jurado posteriormente, y como ya sabemos en un proceso penal solo debe juzgarse los hechos constitutivos del delito que se va a juzgar, y no aspectos que formen parte de otro ámbito diferente a éste.
Un pregunta que os hago a los que leáis este comentario es ¿podríais ser imparciales y formar parte de un jurado en un caso como éste?
¿Se puede considerar imparcial al Jurado popular en la defensa o acusación de un acusado?
ResponderEliminarPues bien, para responder a esta cuestión, considero que hay que analizar profundamente una circunstancia muy fundamental que es la presión mediática que rodea al caso.
El caso de José Bretón es un caso muy impactante para la sociedad y muy perseguido por todos los medios de comunicación en los que se comenta todo tipo de informaciones, a veces veraces pero otras no, pero lo que sí es cierto, es que la sociedad ante un caso así del asesinato de dos niños indefensos no otorga el beneficio de la duda ante su padre sobre si es el autor del asesinato de sus hijos o no.
De manera que, partiendo de esa información otorgada por los medios de comunicación a los ciudadanos acerca del caso, el Jurado Popular puede verse perfectamente influenciado por la misma, ya que antes de ser elegidos como miembros de éste, el caso sale a la luz. Y aunque estos se basen en las pruebas demostrables encontradas en la escena del crimen y en los hechos que coincidan con el delito, jurando ante todo imparcialidad para dar respuestas a las preguntas que se les realizan por parte del Magistrado, éstos indirectamente, pueden tener perjuicios suficientes para no resolver las mismas con imparcialidad a favor o en contra del acusado.
Por tanto, considero que el Jurado Popular, puede ser eficiente dando resolución al caso con imparcialidad, pero en casos que no son conocidos antes de juzgarlos, ya que de lo contrario, como he mencionado anteriormente, puede producir perjuicios el conocer información previa al juicio sobre el mismo y no resolver con esa imparcialidad jurada por los propios miembros.
COMENTARIO GRUPAL.
ResponderEliminarEn primer lugar en cuanto a lo referente al Tribunal del jurado debemos indicar que no estamos de acuerdo que un jurado popular juzgue determinados casos, a pesar de que los miembros del mismo juren o prometan desempeñar de forma correcta sus funciones, incluyendo aquí el aspecto de la imparcialidad que es el más discutido.
En segundo lugar sostenemos que para poder participar en tales procesos es conveniente que intervengan personas preparadas para ello y que dominen la materia, ya que de alguna forma podrán mantener una postura de neutralidad o imparcialidad para el acusado; además las personas que participan en estos procesos se deben encontrar aisladas de cualquier información que sea externa a lo que se va a juzgar.
Y en tercer lugar no consideramos adecuado que personas sin una mínima formación jurídica, puedan tomar una decisión tan importante como es privar a alguien de libertad, a través de un sistema de votación.
Judith López Tabero.
María Ángel Collado.
Álvaro Martínez Calvo.