Como hemos ido viendo durante estas sesiones, el Tribunal del Jurado es un órgano encargado de juzgar ciertos delitos penales, con la peculiaridad de que está compuesto por ciudadanos, lo que permite su participación en la Administración de Justicia. Está regulado en la Ley Orgánica 5/1995, del Tribunal del Jurado. Los ciudadanos que forman parte del jurado son designados aleatoriamente, y son personas que no forman parte de la carrera de Derecho, por tanto, no es voluntaria su participación, sino impuesta. Está compuesto de 9 jurados, más un Magistrado que preside el Tribunal, y es en el ámbito de la Audiencia Provincial. Los jurados deben emitir un veredicto declarado hechos probados y no probados que haya determinado el Magistrado, y proclamaran la culpabilidad o inculpabilidad del acusado. Destaco del Tribunal del Jurado, en cuanto a lo que he podido ver y aprender en estas clases, que es un órgano singular, ya que a diferencia de todos los demás órganos jurisdiccionales, no está compuesto por expertos en Derecho, sino por ciudadanos normales, personas que no están dentro del mundo del Derecho. Ese motivo, y la supuesta imparcialidad de los miembros suscitan un intenso debate, y se pone en cuestión la viabilidad de este Tribunal del Jurado. Este mismo debate se ha podido ver en las clases de Derecho Procesal, donde cada uno tenía su opinión y no se apreciaba una vertiente clara, sino varias posturas distintas sobre este órgano.
En estas últimas sesiones de clase, hemos estado tratando el papel del Tribunal del Jurado. Así, ha quedado claro que se compone por nueve miembros, ciudadanos de "a pie" sin ningun conocimiento de derecho, que se limitan a juzgar en cierto modo (ya que no pueden interferir en las decisiones del legislador) delitos tipificados por el codigo penal analizando las pruebas pertinentes de cada asunto en concreto. En base a ello, estos miembros analizarán todas las cuestiones que se planteen en el caso declarando si estan a favor o en contra del acusado, y por consiguiente declarando su culpabilidad o no al respecto. A modo de conclusión, he de decir que en mi criterio en ciertos casos como el de Jose Bretón, o el caso visto hace unos días de Nagore Laffage, el Tribunal del Jurado no debería tener tanto peso, debido a que estos no tienen conocimientos sobre el asunto, a pesar de que la Ley les otorgue la facultad de enjuiciar ese tipo de casos. A pesar de ello, tienen el punto a favor de que teóricamente los miembros del mismo son imparciales, y por tanto, buscan exclusivamente la aplicación de la Ley, y velar por la presunción de inocencia.
En la clase del otro día, lo primero que vimos dentro de la Ley que lo regula (Ley Orgánica 5/1995, del Tribunal del Jurado) fue el ambito de aplicación de este Tribunal. Posteriormente vimos, que esta formado por ciudadanos españoles designados aleatoriamente, que no tengan ningún tipo de vinculación con la carrera de Derecho y que por razones ecónomicas, si puede ser, esté formado por personas que vivan en la misma provincia donde se cometió el delito. Otro aspecto que no conocía es que rige la regla de la mayoría a la hora de la toma de sus decisiones, pero de diferente forma, es decir, para culpar del delito al supuesto delincuente la mayoría era mas estricta que para declararlo como no imputado. Sus decisiones, a pesar de que no conozcan del Derecho, debe ser fundamentada y razonada en base a los hechos de que conocen y a las pruebas que han sido demostradas en el Juicio Oral.
El Tribunal del Jurado está regulado en la Ley Orgánica 5/1995, del Tribunal del Jurado. El Tribunal del Jurado implica una manifestación del derecho de participación, es por eso por lo que la función viene reconocida a los ciudadanos. Se aconsejaba que los ciudadanos que tuvieran que intervenir en este proceso se familiarizaran con el mismo, se empaparan bien en sus peculiaridades. La elección de los ciudadanos se hacía mediante sorteo a partir de las listas censales como sistema. En principio, el tema de abstenerse a participar en este proceso, uno no se podría negar, a menos que se dieran y cumpliera una serie de requisitos especiales. El número de participantes es de nueve personas. La Ley Orgánica tiene en cuenta principios básicos procesales de inmediación, prueba formada con fundamento en la libre convicción, exclusión de pruebas ilegales, publicidad, oralidad. Por ello, se selecci0onan delitos en los que la acción típica carece de excesiva complejidad o en los que los elementos normativos integrantes son especialmente aptos para su valoración por ciudadanos no profesionalizados a la función judicial.
El órgano del Tribunal del Jurado tiene como origen el principio de participación ciudadana dentro de los ámbitos judiciales a los que alude directamente nuestra Constitución. Históricamente esta facultad siempre ha sido retirada en aquellas épocas en las que se han visto mermados de una manera general los derechos de los ciudadanos. Podrán enjuiciarse por este cauce los delitos públicos. Actualmente, el órgano se compone de 9 personas. El proceso de selección es totalmente aleatorio, siempre centrándose en unos requisitos muy generales, entre ellos ser ciudadano, mayor de edad y sin capacidades mermadas. Como bien se expresa en la exposición de motivos de la Ley del Tribunal del Jurado, no se podrían poner mayores requisitos porque si no se estaría privando de la posibilidad y derecho de ser miembro del Tribunal del Jurado y romper con el principio de igualdad. Se estima que los ciudadanos que sean miembros deben pertenecer a la región en donde se ha cometido el delito, de manera que estén empapados de los hechos y sucesos. A los miembros se les pide en todo el proceso que sean imparciales a la hora de emitir sus veredictos.
Como hemos ido viendo durante estas sesiones, el Tribunal del Jurado es un órgano encargado de juzgar ciertos delitos penales, con la peculiaridad de que está compuesto por ciudadanos, lo que permite su participación en la Administración de Justicia.
ResponderEliminarEstá regulado en la Ley Orgánica 5/1995, del Tribunal del Jurado. Los ciudadanos que forman parte del jurado son designados aleatoriamente, y son personas que no forman parte de la carrera de Derecho, por tanto, no es voluntaria su participación, sino impuesta. Está compuesto de 9 jurados, más un Magistrado que preside el Tribunal, y es en el ámbito de la Audiencia Provincial.
Los jurados deben emitir un veredicto declarado hechos probados y no probados que haya determinado el Magistrado, y proclamaran la culpabilidad o inculpabilidad del acusado.
Destaco del Tribunal del Jurado, en cuanto a lo que he podido ver y aprender en estas clases, que es un órgano singular, ya que a diferencia de todos los demás órganos jurisdiccionales, no está compuesto por expertos en Derecho, sino por ciudadanos normales, personas que no están dentro del mundo del Derecho. Ese motivo, y la supuesta imparcialidad de los miembros suscitan un intenso debate, y se pone en cuestión la viabilidad de este Tribunal del Jurado. Este mismo debate se ha podido ver en las clases de Derecho Procesal, donde cada uno tenía su opinión y no se apreciaba una vertiente clara, sino varias posturas distintas sobre este órgano.
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ResponderEliminarEn estas últimas sesiones de clase, hemos estado tratando el papel del Tribunal del Jurado. Así, ha quedado claro que se compone por nueve miembros, ciudadanos de "a pie" sin ningun conocimiento de derecho, que se limitan a juzgar en cierto modo (ya que no pueden interferir en las decisiones del legislador) delitos tipificados por el codigo penal analizando las pruebas pertinentes de cada asunto en concreto.
ResponderEliminarEn base a ello, estos miembros analizarán todas las cuestiones que se planteen en el caso declarando si estan a favor o en contra del acusado, y por consiguiente declarando su culpabilidad o no al respecto.
A modo de conclusión, he de decir que en mi criterio en ciertos casos como el de Jose Bretón, o el caso visto hace unos días de Nagore Laffage, el Tribunal del Jurado no debería tener tanto peso, debido a que estos no tienen conocimientos sobre el asunto, a pesar de que la Ley les otorgue la facultad de enjuiciar ese tipo de casos. A pesar de ello, tienen el punto a favor de que teóricamente los miembros del mismo son imparciales, y por tanto, buscan exclusivamente la aplicación de la Ley, y velar por la presunción de inocencia.
En la clase del otro día, lo primero que vimos dentro de la Ley que lo regula (Ley Orgánica 5/1995, del Tribunal del Jurado) fue el ambito de aplicación de este Tribunal. Posteriormente vimos, que esta formado por ciudadanos españoles designados aleatoriamente, que no tengan ningún tipo de vinculación con la carrera de Derecho y que por razones ecónomicas, si puede ser, esté formado por personas que vivan en la misma provincia donde se cometió el delito.
ResponderEliminarOtro aspecto que no conocía es que rige la regla de la mayoría a la hora de la toma de sus decisiones, pero de diferente forma, es decir, para culpar del delito al supuesto delincuente la mayoría era mas estricta que para declararlo como no imputado.
Sus decisiones, a pesar de que no conozcan del Derecho, debe ser fundamentada y razonada en base a los hechos de que conocen y a las pruebas que han sido demostradas en el Juicio Oral.
El Tribunal del Jurado está regulado en la Ley Orgánica 5/1995, del Tribunal del Jurado.
ResponderEliminarEl Tribunal del Jurado implica una manifestación del derecho de participación, es por eso por lo que la función viene reconocida a los ciudadanos.
Se aconsejaba que los ciudadanos que tuvieran que intervenir en este proceso se familiarizaran con el mismo, se empaparan bien en sus peculiaridades.
La elección de los ciudadanos se hacía mediante sorteo a partir de las listas censales como sistema.
En principio, el tema de abstenerse a participar en este proceso, uno no se podría negar, a menos que se dieran y cumpliera una serie de requisitos especiales.
El número de participantes es de nueve personas.
La Ley Orgánica tiene en cuenta principios básicos procesales de inmediación, prueba formada con fundamento en la libre convicción, exclusión de pruebas ilegales, publicidad, oralidad. Por ello, se selecci0onan delitos en los que la acción típica carece de excesiva complejidad o en los que los elementos normativos integrantes son especialmente aptos para su valoración por ciudadanos no profesionalizados a la función judicial.
El órgano del Tribunal del Jurado tiene como origen el principio de participación ciudadana dentro de los ámbitos judiciales a los que alude directamente nuestra Constitución.
ResponderEliminarHistóricamente esta facultad siempre ha sido retirada en aquellas épocas en las que se han visto mermados de una manera general los derechos de los ciudadanos.
Podrán enjuiciarse por este cauce los delitos públicos.
Actualmente, el órgano se compone de 9 personas. El proceso de selección es totalmente aleatorio, siempre centrándose en unos requisitos muy generales, entre ellos ser ciudadano, mayor de edad y sin capacidades mermadas. Como bien se expresa en la exposición de motivos de la Ley del Tribunal del Jurado, no se podrían poner mayores requisitos porque si no se estaría privando de la posibilidad y derecho de ser miembro del Tribunal del Jurado y romper con el principio de igualdad.
Se estima que los ciudadanos que sean miembros deben pertenecer a la región en donde se ha cometido el delito, de manera que estén empapados de los hechos y sucesos.
A los miembros se les pide en todo el proceso que sean imparciales a la hora de emitir sus veredictos.