La composición de esta institución considero que tiene una notable relevancia en nuestro Estado democrático. En ocasiones, no toda resolución ajustada a derecho la sociedad lo considera como algo acertado, es más, últimamente el papel de la justicia en España está bastante cuestionado. Por esta razón, considero que en ocasiones es acertado que se constituya esta institución para juzgar ciertos casos con cierta repercusión social o casos que debido a su notable ``contenido sensible´´ (caso José Bretón por ejemplo) puedan dictar una resolución más favorable y comprender desde un aspecto moral y no de derecho la gravedad de los hechos y empatizar más con las víctimas.
Durante todas las clases anteriores en las que hemos estado viendo los videos y diversos artículos, he podido ver como el jurado está formado por 9 miembros de los cuales ninguno puede tener ninguna formación jurídica para que no pueda afectar a la decisión que lleguen.
Ellos escuchan todo el juicio y llevan a cabo un examen de todas las pruebas y los testimonios para luego a puerta cerrada deliberar la culpabilidad o no del acusado, como por ejemplo en el caso del otro día, en caso del médico Yllanes, el juez les proporciono 36 preguntas de las cuales para declarar probado un hecho favorable al acusado se necesitaban 5 de los 9 votos y para los contrarios 7, en dicho caso el Tribunal de jurado determinó un apena inferior de la que pedían y esto causo diverso revuelo entre juristas y ciudadanos ya que consideran que se debería reformar la ley del Jurado.
Es un tema bastante problemático, mucha gente piensa que es un método bastante efectivo y que es necesario que los ciudadanos participen en nuestro sistema de justicia pero por otro lado, hay muchas personas que piensan que para el buen funcionamiento del Tribunal de Jurado debería llevarse a cabo una reforma de dicha ley o bien, que no tenga tanta influencia o que el resultado de su decisión no tenga tanta fuerza jurídica. En mi opinión, creo que es un instrumento necesario en nuestro sistema pero sí que estaría a favor de ciertos cambios en su ley puesto que, es de 1995 y aunque ha sufrido diversas modificaciones, nuestras leyes y costumbres están en continua evolución y dicha ley debería estarlo.
¿Qué he aprendido del Tribunal del Jurado? Primero decir que responde a una exigencia constitucional. Del Tribunal del Jurado he aprendido a través del estudio del caso de Nagore Laffage, que está compuesto por 9 miembros. Elegidos al azar, por lo que carecen de conocimientos jurídicos (tema polémico, que lleva a preguntarse si éste es el mejor método para decidir la culpabilidad o no culpabilidad de alguien). En el caso Laffage, hemos podido conocer que el Juez del caso, debido a la importancia del veredicto (asesinato u homicidio), facilitó al Jurado un listado con cuestiones que habían de resolver aprobando o no su existencia, para que les ayudara a llegar a una conclusión. Deben deliberar a puerta cerrada, y basándose sólo y exclusivamente en las pruebas y testimonios practicados durante el juicio. El estudio del Tribunal del Jurado siempre lleva a las mismas cuestiones, ¿es correcto dejar que ciudadanos sin conocimientos jurídicos, decidan sobre la culpabilidad de un delito? ¿Se puede asegurar la imparcialidad? Al comenzar esta reflexión, lo primero que he indicado es que es un precepto Constitucional. Por lo que, si tiene carencias, lo que debe es mejorarse, y no eliminarse.
¿Qué he aprendido del Tribunal del Jurado? Con las actividades realizadas estos días sobre el Tribunal de Jurado he podido conocer un poco más sobre su sistema, organización, composición y origen. Elementos relevantes que aprendido por ejemplo, que está formado por nueve miembros sin ningún tipo de conocimiento jurídico, dando pie así a una participación popular en la Administración de la Justicia en relación con el artículo 125 CE. La decisión sobre el asunto es tomada de forma colectiva por los nueve miembros del Tribunal. Estos miembros son remunerados económicamente por su colaboración con la Justicia y tienen el derecho a rechazar formar parte del Tribunal. En mi opinión, considero que la figura del Tribunal del Jurado no favorece a la Justicia, ya que los miembros del mismo no presentan los conocimientos necesarios para poder juzgar de forma imparcial unos hechos delictivos separando lo racional de lo emocional.
¿Qué he aprendido del Tribunal del Jurado? He aprendido que el Tribunal del Jurado es una forma de participación popular en la Administración de Justicia. También que para poder formar parte de él hay que cumplir unos requisitos, como ser mayor de edad y tener la ciudadanía española, entre otros. También decir que no es un órgano permanente, ya que para cada juicio se constituye uno nuevo. Al Tribunal del Jurado le corresponde a los Jurados declarar probado o no probados los hechos que se le plantean una vez celebrado el juicio. Esto conlleva a declarar una culpabilidad o inculpabilidad de cada acusado, y esta decisión del Jurado se conoce como veredicto. Para establecer un veredicto de culpabilidad es necesario siete de los nueve votos del jurado, y para la inculpabilidad serán necesarios cinco. En base a este veredicto el Magistrado en su sentencia hace constar la pena que debe cumplir.
¿Qué he aprendido sobre el TJD? Gracias a las clases anteriores en las que hemos visto videos y diversos artículos, he aprendido cual es la composición de dicho jurado. Está formado por 9 miembros elegidos al azar por lo que no tienen formación jurídica, tema polémico, que lleva a cuestionarse si éste es el mejor método para decidir la culpabilidad o no de alguien. Dichos miembros deben, tras la escucha en el juicio, examinar todas las pruebas. el caso visto la semana anterior fueron concretamente 36 preguntas donde el tribunal del jurado daba su argumento con el numero de votos a favor o en contra. Es cierto que aun siendo un tema bastante debatido aun quedan resquicios sin acalarar. no se considera muy acertado que los mienbros de dicho tribunal no tengas formacion juridica, ahora bien tambien es cierto que para poder aportar una respuesta razonada y fundamnetada en derecho, se les requiere una serie de requisitos. entre otros no deben verse involucrados por los medios.
Mediante el caso de Nagore Lafage he desarrollado mi opinión sobre el Tribunal del Jurado que veníamos estudiando en las prácticas. Para empezar decir que se trata de una exigencia impuesta por la Constitución, pero no por ello acertada o bien acogida por los ciudadanos en especial por los juristas. El Tribunal del Jurado en este caso estaba compuesto por 9 miembros que tras analizar las diferentes pruebas debían de someter a votación una serie de cuestiones propuestas por el Juez, debido a la relevancia del caso. En este caso concreto, creo que el Tribunal del Jurado supo hacer las cosas bien, pero eso no significa que sus decisiones fuesen las correctas, ya que ciertos juristas valoraron negativamente la resolución final, dando a entender que ellos no hubiesen aplicado dicha pena. En general decir que desde mi punto de vista el tribunal del jurado es un instrumento totalmente innecesario, es cierto que la gente que lo compone no está contaminado y que solo valora lo que se expuesto durante el caso, pero la falta casi total de experiencia en el tema hacen que se lleguen a tomar decisiones por parte de este jurado totalmente disparatadas y alejadas de lo realmente imponible al caso. También decir por último, que el Tribunal del Jurado a veces parece que su opinión no es demasiado tenida en cuenta, ya que finalmente es el Juez el que decide como resolver el caso y que pena se aplica, siendo este tribunal de apoyo para el caso, pero creo que a la hora de la verdad en muchos casos poco relevante.
¿Qué he aprendido del Tribunal del Jurado? En primer lugar fue una clase muy interesante y muy dinámica en la que pudimos ver a través de un caso real "el caso Nagore Laffage" como funciona y cual es su estructura y además nos informamos en la legislación de cuales eran los motivos de creación del mismo y qué necesitaba reformarse. Vimos que era un precepto Constitucional el que suscitaba su creación, y que además respondía a una participación ciudadana en la justicia española, pero había cosas que necesitaban modificarse como era por ejemplo asegurar la verdadera imparcialidad y que se exigiría una previa imputación judicial pevia . Además pudimos observar que se compone de 9 personas sin formación jurídica elegidos en un proceso previo de entre otras 36 y pasando una serie de pruebas y de entrevistas. Además solamente pueden basarse en las pruebas del juicio oral y deben responder a una serie de cuestiones que son planteadas por el Juez al Tribunal y que deben explicar claramente si queda o no probado en función del número de votos y en base a eso deliberar y emitir un veredicto.
A lo largo de las clases en las que hemos tratado las vicisitudes que presenta esta Institución, he podido sacar en claro que dicho órgano se crea con la intención de acercar la Administración de Justicia a la ciudadanía, para que la misma comprenda y logre entender la importancia y trascendencia de la labor que realizan los jueces y tribunales en España, la cual no es tarea fácil y requiere de un gran entendimiento del Derecho para llevarla a cabo.
Considero que es correcta la existencia del mismo, si bien, es preciso en mi opinión, dotar a los ciudadanos integrantes del Tribunal del Jurado de unos conocimientos básicos en Derecho, ya que como pudimos comprobar en el caso de la chica Nagore en Navarra, el veredicto del mismo causó gran controversia, ya que a pesar de que es el juez el que se encarga de determinar la pena correspondiente al procesado, es el Tribunal el que determina el tipo de delito presente en el caso. Además de dotarlos de una mejor formación en Derecho, sería oportuno que determinados delitos que puede enjuiciar el Tribunal del Jurado como son los relativos al homicidio y sus formas (Art. 138 a 143 CP), la determinación del delito fuera dual, entre dicho órgano y el juez del caso, para que pudiera haber un equilibrio que compensase las carencias que pudieran presentar los integrantes del Tribunal en el Derecho, y así lograr una mejor impartición de la Justicia.
Otra de las cuestiones que he podido sacar en claro, es que esta injerencia de la ciudadanía en la determinación del delito que se presenta en el caso, trae consigo un reforzamiento de la institución relativa a los recursos que se pueden interponer contra las sentencias emanadas del Tribunal del Jurado, pudiendo el interesado recurrir mediante apelación ante una segunda instancia que pueda conocer del caso, siendo competente para esto, como establece la Exposición de Motivos de la Ley del Jurado, las Salas de lo Civil y de lo Penal de los Tribunales Superiores de Justicia.
QUÉ HE APRENDIDO SOBRE EL TRIBUNAL DEL JURADO: En las últimas sesiones hemos estado estudiando y analizando la figura del Tribunal del Jurado, éste es un órgano colegiado presidido por un magistrado-presidente y está integrado por 11 ciudadanos legos en derecho (9 titulares y 2 suplentes) que realizan las tareas de jurado. Este tribunal actúa en el ámbito de la Audiencia provincial. Según la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado sus competencias son: los delitos contra las personas; Delitos cometidos por funcionarios públicos durante el ejercicio de su cargo; Delitos contra el honor; Delitos contra la libertad y seguridad; Y por último los delitos de incendios. Los requisitos necesarios para ser miembro de un jurado popular son: ser español y mayor de edad; saber leer y escribir; encontrarse en pleno ejercicio de los derechos políticos; ser vecino, en el momento de la designación, del municipio de la provincia donde se haya cometido el delito; y por último no estar impedido física, psíquica o sensorialmente para realizar la función del jurado. Existen una serie de excusas válidas para no actuar como jurado, son: ser mayor de 65 años; haber hecho funciones de jurado dentro de los 4 años anteriores; sufrir graves trastornos por motivo de cargas familiares; tener un trabajo de relevante interés general que sufriría perjuicios importantes por el hecho de ser sustituido; residir en el extranjero; ser militar profesional en activo si concurren circunstancias de servicio; otras causas de incompatibilidad según las circunstancias personales, profesionales, de cargo y parentesco. La ley pretende que el cumplimiento del deber de ser jurado no signifique una carga económica para los ciudadanos. Es por ello que mientras el jurado cumpla su función tiene derecho a recibir una retribución y una indemnización por los gastos ocasionados durante este ejercicio. La forma y la cuantía de la retribución quedan fijadas por un reglamento. La función de jurado se considera como cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal.
El tribunal del jurado es una institución discutida y discutible, pero, como he reiterado en más de una ocasión, pese a sus luces y sombras, considero que se han de mantener los juicios por jurado. Pero si decidimos mantener el jurado creo que sería imprescindible reformarlo.
En la sociedad de la información en la que vivimos no es raro que un proceso se mediatice y se extienda de tal forma que al final toda la sociedad sea consciente de que se va a celebrar un juicio. Opinadores de todo tipo invaden las televisiones creando a su vez opinión en la sociedad. Caso Otegi, caso Camps... pienso que hay que reformar el jurado excluyendo su participación en casos de impacto social manifiesto, a decisión del juez competente, cuando ese impacto exista ya antes de la apertura del juicio oral. No es que los delincuentes anónimos merezcan una justicia de peor calidad, es que el jurado sólo es capaz cumplir su hipotética función (interna y externa) aislado de la presión mediática y social.
Gracias a las clases dedicadas al tribunal del jurado he podido formarme una visión sobre la institución. En mi opinión es un intento loable de acercar la justicia hacia los ciudadanos haciéndoles tomar decisiones dentro del proceso penal. No obstante, su desconocimiento jurídico lejos de ser un activo en este caso me parece un defecto importante pues añade al proceso sentimientos e influencias externas que, si bien no deben ser desconocidas por aquél en modo alguno deben ser el criterio para decidir jurídicamente. A mi modo de ver, un procedimiento encargado a legos en derecho tenderá a resolverse con argumentos morales o sociales casi siempre. La ley será la misma con independencia de lo que se piense de ella y resolver en derecho en base a motivaciones no jurídicas no me parece el mejor modo de administrar justicia, porque opino que el objetivo de ésta es la imparcialidad y no la subjetividad.
¿Qué he aprendido sobre el Tribunal del Jurado? Durante las clases anteriores, que hemos estado trabajando sobre el tribunal del jurado he aprendido sobre el mismo que está compuesto por 9 personas/ miembros elegidos al azar, sin ninguna formación jurídica, que basándose en las pruebas que se van presentando y que pueden ser probadas dan un veredicto. El tribunal del jurado se reúne y va votando los distintos aspectos relatados en el juicio, van considerando si son relevantes o no las pruebas que se han ido aportando. También hacen una selección de las cosas que se cuentan en el juicio pero que en realidad no pueden ser probadas al 100% y por tanto no pueden considerar como pruebas. Aunque el tribunal del jurado me parece una herramienta dentro del sistema judicial bastante buena, opino que al no tener conocimientos jurídicos, pueden caer en el error de considerar cosas que no son relevantes como relevantes y viceversa. Además considero también que el tribunal del jurado se puede ver afectado por los medios de comunicación, ya que hay casos muy importantes y de gran relevancia social que se emiten continuamente por televisión pudiendo contaminar de esta forma a los pensamientos del tribunal. Bajo, mi punto de vista creo que el tribunal del jurado debería ser aislado desde el primer momento en el que es elegido, para que de esta forma no tuvieran contacto con la información emitida por los medios de comunicación y que así fuera mas imparcial su decisión Como conclusión decir que el tribunal del jurado es una herramienta muy buena del sistema judicial, para que así no dependa toda la responsabilidad de una misma persona como seria el juez, y de este modo el juez puede valor la opinión del tribunal del jurado y así llegar a un veredicto más acertado.
¿Qué he aprendido sobre el Tribunal del Jurado? El Tribunal del Jurado es una forma de participación ciudadana en la justicia reconocida por la Constitución Española. Está compuesto por nueve personas, elegidas al azar, que carecen de formación jurídica. Este tema genera gran problemática porque son muchos los que se cuestionan si es favorable que personas que carecen de formación jurídica tengan la responsabilidad de juzgar determinados hechos. Por este motivo, la figura del Tribunal del Jurado debería revisarse y modificarse, pero no debería suprimirse puesto que es un derecho de los ciudadanos amparado por la Constitución. A través del caso Laffage, conocemos que el Tribunal del Jurado resuelve atendiendo únicamente a los hechos y pruebas que se presentan en el juicio y que el veredicto se basa en una serie de cuestiones que el Juez proporcionó a los miembros del Tribunal del Jurado.
¿Qué he aprendido sobre el tribunal del jurado? En las clases anteriores a la presente,conocimos del caso Nagore, relativo al homicidio de una chica. Este caso levanto mucha pólemica al considerar, gran parte de la opinión popular que nos encontrabamos ante un asesinato. El asunto fue conocido por un jurado popular. El jurado popular es un órgano judicial constituido por ciudadnos. Este tribunal está legitimado para conocer de diversos asuntos, y se encuentra regulado en el artículo 125 de La Constitución española. Este derecho/deber de formar parte del jurado, es un arma de doble filo. Debido a que un conjunto de personas sin formación jurídica, son las responsables de determinar la responsabilidad civil, penal, de una persona. El juez es el encargado de dictar sentecia, pero su veredicto debe estar vinculado a la decisión del tribunal dle jurado y fundamentar en que fundamentos se basa, para tomar esa decisión. el tribunal del jurado se pronunciará, sobre una serie de cuestiones relativas a los hechos, que pueden ser a favor o en contra del reo. El jurado por votación decidirá sobre estas cuestiones por mayoría de votos.
¿Qué he aprendido sobre el Tribunal del Jurado?
ResponderEliminarLa composición de esta institución considero que tiene una notable relevancia en nuestro Estado democrático. En ocasiones, no toda resolución ajustada a derecho la sociedad lo considera como algo acertado, es más, últimamente el papel de la justicia en España está bastante cuestionado. Por esta razón, considero que en ocasiones es acertado que se constituya esta institución para juzgar ciertos casos con cierta repercusión social o casos que debido a su notable ``contenido sensible´´ (caso José Bretón por ejemplo) puedan dictar una resolución más favorable y comprender desde un aspecto moral y no de derecho la gravedad de los hechos y empatizar más con las víctimas.
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ResponderEliminarDurante todas las clases anteriores en las que hemos estado viendo los videos y diversos artículos, he podido ver como el jurado está formado por 9 miembros de los cuales ninguno puede tener ninguna formación jurídica para que no pueda afectar a la decisión que lleguen.
Ellos escuchan todo el juicio y llevan a cabo un examen de todas las pruebas y los testimonios para luego a puerta cerrada deliberar la culpabilidad o no del acusado, como por ejemplo en el caso del otro día, en caso del médico Yllanes, el juez les proporciono 36 preguntas de las cuales para declarar probado un hecho favorable al acusado se necesitaban 5 de los 9 votos y para los contrarios 7, en dicho caso el Tribunal de jurado determinó un apena inferior de la que pedían y esto causo diverso revuelo entre juristas y ciudadanos ya que consideran que se debería reformar la ley del Jurado.
Es un tema bastante problemático, mucha gente piensa que es un método bastante efectivo y que es necesario que los ciudadanos participen en nuestro sistema de justicia pero por otro lado, hay muchas personas que piensan que para el buen funcionamiento del Tribunal de Jurado debería llevarse a cabo una reforma de dicha ley o bien, que no tenga tanta influencia o que el resultado de su decisión no tenga tanta fuerza jurídica.
En mi opinión, creo que es un instrumento necesario en nuestro sistema pero sí que estaría a favor de ciertos cambios en su ley puesto que, es de 1995 y aunque ha sufrido diversas modificaciones, nuestras leyes y costumbres están en continua evolución y dicha ley debería estarlo.
¿Qué he aprendido del Tribunal del Jurado?
ResponderEliminarPrimero decir que responde a una exigencia constitucional.
Del Tribunal del Jurado he aprendido a través del estudio del caso de Nagore Laffage, que está compuesto por 9 miembros. Elegidos al azar, por lo que carecen de conocimientos jurídicos (tema polémico, que lleva a preguntarse si éste es el mejor método para decidir la culpabilidad o no culpabilidad de alguien).
En el caso Laffage, hemos podido conocer que el Juez del caso, debido a la importancia del veredicto (asesinato u homicidio), facilitó al Jurado un listado con cuestiones que habían de resolver aprobando o no su existencia, para que les ayudara a llegar a una conclusión.
Deben deliberar a puerta cerrada, y basándose sólo y exclusivamente en las pruebas y testimonios practicados durante el juicio.
El estudio del Tribunal del Jurado siempre lleva a las mismas cuestiones, ¿es correcto dejar que ciudadanos sin conocimientos jurídicos, decidan sobre la culpabilidad de un delito? ¿Se puede asegurar la imparcialidad?
Al comenzar esta reflexión, lo primero que he indicado es que es un precepto Constitucional. Por lo que, si tiene carencias, lo que debe es mejorarse, y no eliminarse.
¿Qué he aprendido del Tribunal del Jurado?
ResponderEliminarCon las actividades realizadas estos días sobre el Tribunal de Jurado he podido conocer un poco más sobre su sistema, organización, composición y origen.
Elementos relevantes que aprendido por ejemplo, que está formado por nueve miembros sin ningún tipo de conocimiento jurídico, dando pie así a una participación popular en la Administración de la Justicia en relación con el artículo 125 CE.
La decisión sobre el asunto es tomada de forma colectiva por los nueve miembros del Tribunal. Estos miembros son remunerados económicamente por su colaboración con la Justicia y tienen el derecho a rechazar formar parte del Tribunal.
En mi opinión, considero que la figura del Tribunal del Jurado no favorece a la Justicia, ya que los miembros del mismo no presentan los conocimientos necesarios para poder juzgar de forma imparcial unos hechos delictivos separando lo racional de lo emocional.
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ResponderEliminar¿Qué he aprendido del Tribunal del Jurado?
ResponderEliminarHe aprendido que el Tribunal del Jurado es una forma de participación popular en la Administración de Justicia. También que para poder formar parte de él hay que cumplir unos requisitos, como ser mayor de edad y tener la ciudadanía española, entre otros.
También decir que no es un órgano permanente, ya que para cada juicio se constituye uno nuevo. Al Tribunal del Jurado le corresponde a los Jurados declarar probado o no probados los hechos que se le plantean una vez celebrado el juicio. Esto conlleva a declarar una culpabilidad o inculpabilidad de cada acusado, y esta decisión del Jurado se conoce como veredicto. Para establecer un veredicto de culpabilidad es necesario siete de los nueve votos del jurado, y para la inculpabilidad serán necesarios cinco. En base a este veredicto el Magistrado en su sentencia hace constar la pena que debe cumplir.
¿Qué he aprendido sobre el TJD?
ResponderEliminarGracias a las clases anteriores en las que hemos visto videos y diversos artículos, he aprendido cual es la composición de dicho jurado. Está formado por 9 miembros elegidos al azar por lo que no tienen formación jurídica, tema polémico, que lleva a cuestionarse si éste es el mejor método para decidir la culpabilidad o no de alguien.
Dichos miembros deben, tras la escucha en el juicio, examinar todas las pruebas. el caso visto la semana anterior fueron concretamente 36 preguntas donde el tribunal del jurado daba su argumento con el numero de votos a favor o en contra.
Es cierto que aun siendo un tema bastante debatido aun quedan resquicios sin acalarar. no se considera muy acertado que los mienbros de dicho tribunal no tengas formacion juridica, ahora bien tambien es cierto que para poder aportar una respuesta razonada y fundamnetada en derecho, se les requiere una serie de requisitos. entre otros no deben verse involucrados por los medios.
Mediante el caso de Nagore Lafage he desarrollado mi opinión sobre el Tribunal del Jurado que veníamos estudiando en las prácticas. Para empezar decir que se trata de una exigencia impuesta por la Constitución, pero no por ello acertada o bien acogida por los ciudadanos en especial por los juristas.
ResponderEliminarEl Tribunal del Jurado en este caso estaba compuesto por 9 miembros que tras analizar las diferentes pruebas debían de someter a votación una serie de cuestiones propuestas por el Juez, debido a la relevancia del caso.
En este caso concreto, creo que el Tribunal del Jurado supo hacer las cosas bien, pero eso no significa que sus decisiones fuesen las correctas, ya que ciertos juristas valoraron negativamente la resolución final, dando a entender que ellos no hubiesen aplicado dicha pena.
En general decir que desde mi punto de vista el tribunal del jurado es un instrumento totalmente innecesario, es cierto que la gente que lo compone no está contaminado y que solo valora lo que se expuesto durante el caso, pero la falta casi total de experiencia en el tema hacen que se lleguen a tomar decisiones por parte de este jurado totalmente disparatadas y alejadas de lo realmente imponible al caso.
También decir por último, que el Tribunal del Jurado a veces parece que su opinión no es demasiado tenida en cuenta, ya que finalmente es el Juez el que decide como resolver el caso y que pena se aplica, siendo este tribunal de apoyo para el caso, pero creo que a la hora de la verdad en muchos casos poco relevante.
¿Qué he aprendido del Tribunal del Jurado?
ResponderEliminarEn primer lugar fue una clase muy interesante y muy dinámica en la que pudimos ver a través de un caso real "el caso Nagore Laffage" como funciona y cual es su estructura y además nos informamos en la legislación de cuales eran los motivos de creación del mismo y qué necesitaba reformarse.
Vimos que era un precepto Constitucional el que suscitaba su creación, y que además respondía a una participación ciudadana en la justicia española, pero había cosas que necesitaban modificarse como era por ejemplo asegurar la verdadera imparcialidad y que se exigiría una previa imputación judicial pevia .
Además pudimos observar que se compone de 9 personas sin formación jurídica elegidos en un proceso previo de entre otras 36 y pasando una serie de pruebas y de entrevistas.
Además solamente pueden basarse en las pruebas del juicio oral y deben responder a una serie de cuestiones que son planteadas por el Juez al Tribunal y que deben explicar claramente si queda o no probado en función del número de votos y en base a eso deliberar y emitir un veredicto.
¿Qué he aprendido del Tribunal del Jurado?
ResponderEliminarA lo largo de las clases en las que hemos tratado las vicisitudes que presenta esta Institución, he podido sacar en claro que dicho órgano se crea con la intención de acercar la Administración de Justicia a la ciudadanía, para que la misma comprenda y logre entender la importancia y trascendencia de la labor que realizan los jueces y tribunales en España, la cual no es tarea fácil y requiere de un gran entendimiento del Derecho para llevarla a cabo.
Considero que es correcta la existencia del mismo, si bien, es preciso en mi opinión, dotar a los ciudadanos integrantes del Tribunal del Jurado de unos conocimientos básicos en Derecho, ya que como pudimos comprobar en el caso de la chica Nagore en Navarra, el veredicto del mismo causó gran controversia, ya que a pesar de que es el juez el que se encarga de determinar la pena correspondiente al procesado, es el Tribunal el que determina el tipo de delito presente en el caso. Además de dotarlos de una mejor formación en Derecho, sería oportuno que determinados delitos que puede enjuiciar el Tribunal del Jurado como son los relativos al homicidio y sus formas (Art. 138 a 143 CP), la determinación del delito fuera dual, entre dicho órgano y el juez del caso, para que pudiera haber un equilibrio que compensase las carencias que pudieran presentar los integrantes del Tribunal en el Derecho, y así lograr una mejor impartición de la Justicia.
Otra de las cuestiones que he podido sacar en claro, es que esta injerencia de la ciudadanía en la determinación del delito que se presenta en el caso, trae consigo un reforzamiento de la institución relativa a los recursos que se pueden interponer contra las sentencias emanadas del Tribunal del Jurado, pudiendo el interesado recurrir mediante apelación ante una segunda instancia que pueda conocer del caso, siendo competente para esto, como establece la Exposición de Motivos de la Ley del Jurado, las Salas de lo Civil y de lo Penal de los Tribunales Superiores de Justicia.
QUÉ HE APRENDIDO SOBRE EL TRIBUNAL DEL JURADO:
ResponderEliminarEn las últimas sesiones hemos estado estudiando y analizando la figura del Tribunal del Jurado, éste es un órgano colegiado presidido por un magistrado-presidente y está integrado por 11 ciudadanos legos en derecho (9 titulares y 2 suplentes) que realizan las tareas de jurado. Este tribunal actúa en el ámbito de la Audiencia provincial.
Según la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado sus competencias son: los delitos contra las personas; Delitos cometidos por funcionarios públicos durante el ejercicio de su cargo; Delitos contra el honor; Delitos contra la libertad y seguridad; Y por último los delitos de incendios.
Los requisitos necesarios para ser miembro de un jurado popular son: ser español y mayor de edad; saber leer y escribir; encontrarse en pleno ejercicio de los derechos políticos; ser vecino, en el momento de la designación, del municipio de la provincia donde se haya cometido el delito; y por último no estar impedido física, psíquica o sensorialmente para realizar la función del jurado.
Existen una serie de excusas válidas para no actuar como jurado, son: ser mayor de 65 años; haber hecho funciones de jurado dentro de los 4 años anteriores; sufrir graves trastornos por motivo de cargas familiares; tener un trabajo de relevante interés general que sufriría perjuicios importantes por el hecho de ser sustituido; residir en el extranjero; ser militar profesional en activo si concurren circunstancias de servicio; otras causas de incompatibilidad según las circunstancias personales, profesionales, de cargo y parentesco.
La ley pretende que el cumplimiento del deber de ser jurado no signifique una carga económica para los ciudadanos. Es por ello que mientras el jurado cumpla su función tiene derecho a recibir una retribución y una indemnización por los gastos ocasionados durante este ejercicio. La forma y la cuantía de la retribución quedan fijadas por un reglamento. La función de jurado se considera como cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal.
¿Qué he aprendido sobre el Tribunal del Jurado?
ResponderEliminarEl tribunal del jurado es una institución discutida y discutible, pero, como he reiterado en más de una ocasión, pese a sus luces y sombras, considero que se han de mantener los juicios por jurado. Pero si decidimos mantener el jurado creo que sería imprescindible reformarlo.
En la sociedad de la información en la que vivimos no es raro que un proceso se mediatice y se extienda de tal forma que al final toda la sociedad sea consciente de que se va a celebrar un juicio. Opinadores de todo tipo invaden las televisiones creando a su vez opinión en la sociedad. Caso Otegi, caso Camps... pienso que hay que reformar el jurado excluyendo su participación en casos de impacto social manifiesto, a decisión del juez competente, cuando ese impacto exista ya antes de la apertura del juicio oral. No es que los delincuentes anónimos merezcan una justicia de peor calidad, es que el jurado sólo es capaz cumplir su hipotética función (interna y externa) aislado de la presión mediática y social.
Gracias a las clases dedicadas al tribunal del jurado he podido formarme una visión sobre la institución. En mi opinión es un intento loable de acercar la justicia hacia los ciudadanos haciéndoles tomar decisiones dentro del proceso penal. No obstante, su desconocimiento jurídico lejos de ser un activo en este caso me parece un defecto importante pues añade al proceso sentimientos e influencias externas que, si bien no deben ser desconocidas por aquél en modo alguno deben ser el criterio para decidir jurídicamente. A mi modo de ver, un procedimiento encargado a legos en derecho tenderá a resolverse con argumentos morales o sociales casi siempre. La ley será la misma con independencia de lo que se piense de ella y resolver en derecho en base a motivaciones no jurídicas no me parece el mejor modo de administrar justicia, porque opino que el objetivo de ésta es la imparcialidad y no la subjetividad.
ResponderEliminar¿Qué he aprendido sobre el Tribunal del Jurado?
ResponderEliminarDurante las clases anteriores, que hemos estado trabajando sobre el tribunal del jurado he aprendido sobre el mismo que está compuesto por 9 personas/ miembros elegidos al azar, sin ninguna formación jurídica, que basándose en las pruebas que se van presentando y que pueden ser probadas dan un veredicto.
El tribunal del jurado se reúne y va votando los distintos aspectos relatados en el juicio, van considerando si son relevantes o no las pruebas que se han ido aportando.
También hacen una selección de las cosas que se cuentan en el juicio pero que en realidad no pueden ser probadas al 100% y por tanto no pueden considerar como pruebas.
Aunque el tribunal del jurado me parece una herramienta dentro del sistema judicial bastante buena, opino que al no tener conocimientos jurídicos, pueden caer en el error de considerar cosas que no son relevantes como relevantes y viceversa.
Además considero también que el tribunal del jurado se puede ver afectado por los medios de comunicación, ya que hay casos muy importantes y de gran relevancia social que se emiten continuamente por televisión pudiendo contaminar de esta forma a los pensamientos del tribunal.
Bajo, mi punto de vista creo que el tribunal del jurado debería ser aislado desde el primer momento en el que es elegido, para que de esta forma no tuvieran contacto con la información emitida por los medios de comunicación y que así fuera mas imparcial su decisión
Como conclusión decir que el tribunal del jurado es una herramienta muy buena del sistema judicial, para que así no dependa toda la responsabilidad de una misma persona como seria el juez, y de este modo el juez puede valor la opinión del tribunal del jurado y así llegar a un veredicto más acertado.
¿Qué he aprendido sobre el Tribunal del Jurado?
ResponderEliminarEl Tribunal del Jurado es una forma de participación ciudadana en la justicia reconocida por la Constitución Española. Está compuesto por nueve personas, elegidas al azar, que carecen de formación jurídica. Este tema genera gran problemática porque son muchos los que se cuestionan si es favorable que personas que carecen de formación jurídica tengan la responsabilidad de juzgar determinados hechos. Por este motivo, la figura del Tribunal del Jurado debería revisarse y modificarse, pero no debería suprimirse puesto que es un derecho de los ciudadanos amparado por la Constitución.
A través del caso Laffage, conocemos que el Tribunal del Jurado resuelve atendiendo únicamente a los hechos y pruebas que se presentan en el juicio y que el veredicto se basa en una serie de cuestiones que el Juez proporcionó a los miembros del Tribunal del Jurado.
¿Qué he aprendido sobre el tribunal del jurado?
ResponderEliminarEn las clases anteriores a la presente,conocimos del caso Nagore, relativo al homicidio de una chica. Este caso levanto mucha pólemica al considerar, gran parte de la opinión popular que nos encontrabamos ante un asesinato. El asunto fue conocido por un jurado popular. El jurado popular es un órgano judicial constituido por ciudadnos. Este tribunal está legitimado para conocer de diversos asuntos, y se encuentra regulado en el artículo 125 de La Constitución española. Este derecho/deber de formar parte del jurado, es un arma de doble filo. Debido a que un conjunto de personas sin formación jurídica, son las responsables de determinar la responsabilidad civil, penal, de una persona. El juez es el encargado de dictar sentecia, pero su veredicto debe estar vinculado a la decisión del tribunal dle jurado y fundamentar en que fundamentos se basa, para tomar esa decisión. el tribunal del jurado se pronunciará, sobre una serie de cuestiones relativas a los hechos, que pueden ser a favor o en contra del reo. El jurado por votación decidirá sobre estas cuestiones por mayoría de votos.